lunes, 30 de julio de 2012

LA MORATORIA DE PLANOS BENEFICIA EXPRESAMENTE A LOS SECTORES MAS PUDIENTES


En entradas anteriores hemos visto que la Ordenanza de Moratoria de Planos de San Miguel, no diferencia las obras no declaradas reglamentarias de las no declaradas ni ajustadas a reglamento y las denomina a todas por igual como "antirreglamentarias"; por lo tanto entre unas y otras se unifican en un mismo plan de pago, cuando la lógica indica las obras ejecutadas sin permiso previo, que se consideren reglamentarias, deberían tener algún beneficios extra por sobre aquellas que son clandestinas y no reglamentarias. 
También hemos escrito sobre el artículo tercero de ese cuerpo normativo, advirtiendo que el mismo está reñido con el principio constitucional de división de poderes, al autorizar a la Dirección General de Asuntos Legales de la Municipalidad de San Miguel a aprobar construcciones antirreglamentarias, aunque estas tengan fallo firme y desfavorable en la Justicia bonaerense (incluso de la SCBA). 
Ahora abordaremos un trato desigual de esa Ordenanza, aceptando expresamente regularizaciones a los. Sectores más acomodados de la sociedad y -a su vez- denegando similares beneficios a los sectores menos pudientes de San Miguel. 
Este trato preferencial se visualiza claramente en los incisos b y c del artículo primero de dicho ordenamiento: 
Mientras el inciso b admite viviendas multifamiliares, afectadas al régimen de propiedad horizontal, construidas en barrios cerrados y countrys; el inciso c restringe ese acceso al plan a las construcciones que hayan sido realizadas sobre altura o sean dúplex, es decir deniega el acceso a viviendas multifamiliares afectadas al régimen de propiedad horizontal, lógicamente en parcelas fuera de barrios cerrados o countrys, ya que ese tipo de obras -en esos lugares- habían sido expresamente aceptadas en el inciso anterior.

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