En un comentario a una de nuestras publicaciones, uno de nuestros lectores -Marcelo- advierte que desde el municipio se esta intimando el pago de servicios municipales mas alla de los 5 años de su vencimiento. Por lo tanto le hacemos saber a los vecinos intimados de esta manera, que previo a la firma de cualquier plan de pago, se asesoren juridicamente por su abogado de confianza, ya que si se firma alguna documentacion -sin previo asesoramiento- seguramente estaran reconociendo y actualizando los montos adeudados. De esta forma la prescripcion liberatoria cesaria por desconocimiento legal del vecino y "avivada" de la administracion.
8 comentarios:
Tal cual querido colega. Le adjunto un modelo para que la gente pueda copiarlo. Se debe de adjuntar el correspondiente estado de deuda. Para el abogado que le interese hay fallos contra algunos municipios que pretendian pasar por alto normas de caracter provincial y nacional invocando simples ordenanzas municipales.
- Que vengo a interponer en mi carácter de titular del citado inmueble, a su requerimiento la correspondiente prescripción de los mencionados periodos de deuda y fundando mi derecho según lo dispuesto por el art. 278 de la LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES el cual textualmente dice, “ … Las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse ..”, así como también sus concordantes de la citada norma y art. 4027 inc. 3 del Código Civil.
- Que atento a que encuentro debidamente fundado mi requerimiento solicito se resuelva conforme a lo expresado y se declaren prescriptos los periodos correspondientes según lo establecido en las mencionadas disposiciones.
A mi tia le hicieron firmar un convenio por una deuda desde el año 1993 en la municipalidad de San Miguel. Se puede hacer algun reclamo ?
HABRIA QUE VER LA POSIBILIDAD DE APLICAR LA TEORIA DEL ABUSO DEL DERECHO, SIN EMBARGO EL TEMA ES QUE AL FIRMAR SE ESTA RECONOCIENDO Y ACTUALIZANDO LA DEUDA QUE DE ESA MANERA PASA DE SER UNA OBLIGACION NATURAL A UNA LEGALMENTE RECLAMABLE
Yo firme en diciembre un plan de pagos en donde me reclamaban boletas de hace mas de 5 años. Algo sabia de la prescripcion y les dije pero me mandaron a legales. Ahi me dijeron que si no queria juicio tenia que pagar todo y asi lo hice. Me aclararon que el intendente estaba preocupado porque la gente que le debe al municipio pague para poder hacer obras. Yo les crei esa burrada. Ahora digo yo. El intendente me robo reclamandome lo que no debia ? Cuando lei esta nota explote de la bronca y quiero ir a abrir un expdte para poder expresarla. Y lo que es peor es que las obras nunca apareceran !
Estimado vecino. Acerquese a la mesa de entradas del municipio y manifieste su inquietud. Una empleada de rentas me dijo que le informan a la gente de la prescripcion segun la cara que tengan y siguiendo las ordenes del director. En algunos casos hasta les dan una nota modelo para que completen con sus datos. Creo que me sabra entender.
Yo firme un convenio. Me acerque en su momento a hacer el reclamo y en legales me dijeron que era tarde porque habia reconocido la deuda. O sea que me robaron.
Hola queria saber si una persona que no es el titular del inmueble firma una monatoria, puedo solicitar la prescripcion de los 5 años?
Para dar una respuesta seria se necesitan algunos datos mas, pero es importante que sepas que la firma de cialquier moratoria interrumpe la prescripcion o mejor dicho actualiza vencimientos que pueden haber estado prescriptos
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